Como Checar Si Una Moto Tiene Reporte De Robo?

Como Checar Si Una Moto Tiene Reporte De Robo
Una opción es la vía telefónica, a los números 01-800 REPUVE-1 y 01-800 737 88 31. El horario de atención es de lunes a viernes de 9 a 19 horas. La otra vía es este correo electrónico: [email protected].

¿Cómo ver si una moto tiene reporte de robo?

1.- Consulta en el REPUVE – Una de las alternativas, es consultar la página del Registro Público Vehicular, REPUVE http://www2.repuve.gob.mx:8080/ciudadania/consulta/, En este sitio del Gobierno de México, podrás confirmar si el vehículo es legal o si ha sido reportado por robo. Para realizar la consulta, puedes averiguar por los siguientes criterios de búsqueda:

  • Número de placas, sin guiones ni espacios.
  • Número de Identificación Vehicular, NIV,
  • Folio de constancia de inscripción.
  • En caso de tenerlo, número de constancia de inscripción.

¿Cómo saber si una motoneta no es robada?

¿Cómo verificar una moto? – A nivel nacional, puedes usar la plataforma que pone el gobierno a la disposición de cualquier ciudadano, estamos hablando de Repuve. Repuve, Registro Público Vehicular, es una plataforma en donde cualquier persona puede conocer el estatus legal de un vehículo, auto o carro. Como Checar Si Una Moto Tiene Reporte De Robo

¿Por qué mi moto no aparece en Repuve?

¿Qué pasa si un auto no aparece en el Repuve? – Es responsabilidad de las empresas ensambladoras, distribuidoras o importadoras dar asignar el número de identificación del vehículo y darlo de alta en el Repuve. Por otra parte, es responsabilidad de las Oficinas de Control Vehicular Estatales asegurarse que ésta información sea registrada de forma correcta en éste Padrón Vehicular.

  • Puede ser que la Oficina de Control Vehicular del estado en donde se realizó la inscripción no haya ingresado o actualizado el registro, y por lo tanto no aparezca listado en el Repuve.
  • Otra razón puede ser que la antigüedad del auto sea mayor al 2004, por lo que difícilmente contará con la información necesaria para ser dado de alta en el Registro Público Vehicular.
  • En caso de que el auto ya cuente con un reporte de robo, la inscripción el Repuve no será posible y será rechazada de forma inmediata.
  • En caso de que el número de verificación vehicular fuera alterado, tampoco aparecerá listado en el registro, y muy probablemente podría tratarse de una unidad robada.

Para tener mayor claridad del porqué el auto no aparece en el Repuve, lo más recomendable es que acudas a las Oficinas de Control Vehicular o de Finanzas de tu entidad para solicitar informes sobre la razón por la cual el vehículo no está listado en las bases de datos de este registro.

Aquí te compartimos una lista de las oficinas estatales para realizar esta consulta: https://www2.repuve.gob.mx:8443/ciudadania/common/pdf/DIRECTORIO_finanzas.pdf Esperamos que esta información haya aclarado tus dudas sobre el uso y los beneficios del Registro Público Vehicular. Te invitamos a continuar leyendo nuestro blog para conocer más información relacionada a este tema.

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¿Qué papeles me tienen que dar al comprar una moto usada?

Documentación – Es muy importante revisar con calma la documentación de la moto: tarjeta de circulación, factura (en caso de ser una moto vendida originalmente aquí en México) o pedimento y título de propiedad (en caso de ser americana. Recuerda que aquí el título puede ser “limpio” o azul, lo cual querrá decir que la moto nunca ha tenido un percance o choque o “salvaje”).

¿Qué pasa si tienes una moto robada?

Artículo 367 Comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella con arreglo a la ley. Artículo 368 Se equiparan al robo y se castigarán como tal: I.- El apoderamiento o destrucción dolosa de una cosa propia mueble, si ésta se halla por cualquier título legítimo en poder de otra persona y no medie consentimiento; y (FRACCIÓN REFORMADA D.O.F.10 DE ENERO DE 1994) (FE DE ERRATAS D.O.F.01 DE FEBRERO DE 1994) II.- El uso o aprovechamiento de energía eléctrica, magnética, electromagnética, de cualquier fluido, o de cualquier medio de transmisión, sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda disponer de los mismos.

FRACCIÓN REFORMADA D.O.F.17 DE MAYO DE 1999) III.- Se deroga. (FRACCIÓN ADICIONADA D.O.F.13 DE MAYO DE 1996) (DEROGADA D.O.F.17 DE MAYO DE 1999) Artículo 368 bis Se sancionará con pena de tres a diez años de prisión y hasta mil días multa, al que después de la ejecución del robo y sin haber participado en éste, posea, enajene o trafique de cualquier manera, adquiera o reciba, los instrumentos, objetos o productos del robo, a sabiendas de esta circunstancia y el valor intrínseco de éstos sea superior a quinientas veces el salario.

(ARTÍCULO ADICIONADO D.O.F.13 DE MAYO DE 1996) Artículo 368 ter Al que comercialice en forma habitual objetos robados, a sabiendas de esta circunstancia y el valor intrínseco de aquéllos sea superior a quinientas veces el salario, se le sancionará con una pena de prisión de seis a trece años y de cien a mil días multa.

(ARTÍCULO ADICIONADO D.O.F.13 DE MAYO DE 1996) Artículo 368 quáter Se deroga. (ARTÍCULO ADICIONADO D.O.F.17 DE MAYO DE 1999) (REFORMADO D.O.F.24 DE OCTUBRE DE 2011) (DEROGADO D.O.F.12 DE ENERO DE 2016) Artículo 368 quinquies Al que cometa el delito de robo de material radiactivo, material nuclear, combustible nuclear, mineral radiactivo o fuente de radiación, se le impondrán de doce a veinte años de prisión y de doce mil a veinte mil días multa.

(ARTÍCULO ADICIONADO D.O.F.14 DE MARZO DE 2014) Artículo 369 Para la aplicación de la sanción, se dará por consumado el robo desde el momento en que el ladrón tiene en su poder la cosa robada; aún cuando la abandone o lo desapoderen de ella. En cuanto a la fijación del valor de lo robado, así como la multa impuesta, se tomará en consideración el salario en el momento de la ejecución del delito.

  1. ARTÍCULO REFORMADO D.O.F.29 DE DICIEMBRE DE 1981) Artículo 369 bis Para establecer la cuantía que corresponda a los delitos previstos en este Título, se tomará en consideración el salario mínimo general vigente en el momento y en el lugar en que se cometió el delito.
  2. ARTÍCULO ADICIONADO D.O.F.29 DE DICIEMBRE DE 1981) (REFORMADO D.O.F.14 DE ENERO DE 1985) Artículo 370 Cuando el valor de lo robado no exceda de cien veces el salario, se impondrá hasta dos años de prisión y multa hasta de cien veces el salario.
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Cuando exceda de cien veces el salario, pero no de quinientas, la sanción será de dos a cuatro años de prisión y multa de cien hasta ciento ochenta veces el salario.

¿Cómo saber a nombre de quién está la moto?

2. RUNT: – En el sitio web del Registro Único Nacional de Tránsito es posible acceder a información del historial de un vehículo y propietario realizando una solicitud ante la institución. Este certificado tiene un costo de $32.156 para 2022. El lado negativo de este método es que no toda la información puede estar vigente, ya que el RUNT depende de los organismos de tránsito para actualizar sus datos y estos deben pasar por varias etapas antes de finalmente verse reflejados en el registro.

¿Cómo consultar el RUNT por Internet?

Para verificar que usted esté inscrito en el RUNT, ingrese en la consulta de ciudadanos ‘ Consulta por Documento de Identidad’ en www. runt.com.co pestaña ciudadanos. Si el resultado de la consulta es ‘No se ha encontrado información asociada al ciudadano’, quiere decir que no está inscrito y debe hacerlo.

¿Cómo consultar el RUNT solo con la placa?

¿Cómo revisar una matrícula? – La verificación de una matrícula o placa de carro es muy sencilla, solo debes ingresar a la página web del RUNT, luego haz clic en donde dice “consultar por placa”. Cuando se realiza una consulta solo por número de placa, encontrarás la siguiente información:

El tipo de servicio.El número de la licencia.La clase y el estado del automotor.Los datos técnicos.Información global.La vigencia del SOAT.Revisión técnico mecánica.Certificado de la DIJIN.Trámites que se hayan realizado en la oficina de tránsito.Un certificado de su exploración física.Pólizas de caución y desintegración física.Las limitaciones a la propiedad.Tarjeta de operación si es transporte público.

¿Qué pasa si mi moto no está registrada en el Tránsito?

No es que los agentes de tránsito lo detengan en la calle para verificar si su vehículo está inscrito en el Runt, ni que carguen un laptop para cerciorarse, placa por placa, quién ingresó esos datos en la base de datos del Ministerio de Transporte y quién no lo hizo.

  1. El problema surge cuando va a realizar un trámite relacionado con el carro ante cualquier organismo de tránsito del país.
  2. Si los datos de éste no aparecen en el Runt, el vehículo no existe para las autoridades, así que no pueden realizarle el traspaso o registrar el nuevo número de motor ni el cambio de color que necesita.

Esta posibilidad ya estaba prevista en el artículo 8 del Código Nacional de Tránsito, el cual le da vida al Runt y que, en su parágrafo quinto, establece una sanción pecuniaria a quien no le haya dado vida legal a su carro. El parágrafo dice: “El propietario que no efectúe la declaración será sancionado con multa de dos (2) salarios mínimos legales mensuales, además de la imposibilidad de adelantar trámites en materia de Tránsito y Transporte ante cualquier organismo de tránsito del país”.

El plazo dado por el Ministerio de Transporte para la autodeclaración venció el 19 de octubre del año pasado, fecha que fue establecida a través de una circular emitida por el Ministerio a todos los organismos de tránsito del país y que surgió porque las autoridades no tienen datos de muchos de los vehículos que ruedan por el país.

“En la práctica, eso significa que si el propietario de un vehículos se acerca hoy a cualquier organismo de tránsito a realizar un trámite relacionado con él, no puede hacerlo hasta que no pague la multa -aclara la gerente general del Runt, María Elvira Pérez Franco-.

Cancelada la sanción, el vehículo queda inscrito”. Verifique si está Al inscribir el vehículo vía electrónica, muchos propietarios de vehículos encontraron que ya estaba en el Runt con su respectivo código. Esto fue posible porque el organismo de tránsito al que pertenece entregó a tiempo los datos de los vehículos inscritos y el autodeclarante no tuvo que volverlo a inscribir.

Pero, aunque la autodeclaración no es posible en estos momentos, sí se puede verificar en la página www.runt.com.co, pestaña ‘Ciudadanos’, menú ‘Consulta de vehículos por placa’, si está al día. Allí puede verificar lo siguiente: Si el vehículo está inscrito en el Runt.

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Si tiene registrada autodeclaración. Si tiene autodeclaración aprobada por el Organismo de Tránsito. Si tiene gravámenes a la propiedad. Si tiene seguro obligatorio (Soat) vigente. Si tiene revisión técnico mecánica vigente. Si es clásico o antiguo. También es posible cotejar los datos relacionados con el propietario del vehículo, si ingresa a la misma página, pestaña ‘Ciudadanos’, menú ‘Consulta por documento de identidad’: Datos del ciudadano: tipo de documento, número del documento, nombres, apellidos.

Número y fecha de inscripción ante el Runt. Datos de multas o infracciones: si tiene infracciones y en caso de no tener ninguna, el número del paz y salvo que tiene ante el Simit.

¿Qué pasa si un número de placa no aparece en Repuve?

¿Cómo saber mis adeudos vehiculares? – En el sitio web de finanzas se podrá conocer los pagos no realizados. Sólo es necesario agregar el número de placas y los últimos cuatro dígitos del número de serie o VIN, éste último se consulta en la factura o al dirigirse al sitio de Repuve, donde sólo se requiere el folio de la placa para conocer detalles del coche y la legalidad del mismo.

Cabe destacar que si la unidad tampoco se encuentra en el Repuve, probablemente sea porque la institución que se encarga de realizar el registro no cuenta con los datos del coche o la unidad no cuenta con la calidad necesaria para estar en el Registro, o lo más peligroso, es que la unidad haya sido robada y se haya alterado en número de identificación vehicular.

Para aclarar esta situación es necesario dirigirse a las oficinas de Finanzas correspondientes de cada entidad ya qu e como persona física no se puede dar de alta ante Repuve. Cabe destacar que la relación entre Repuve y el Padrón Vehicular es importante ya que se registran todas las unidades para dar a conocer la legalidad del coche.